Los 14 alérgenos

El anexo II del Reglamento (UE) 1169/2011 enumera las sustancias o productos que causan alergias o intolerancias y cuya presencia debe informarse.

GrupoAlérgenos
Cereales y semillasCereales con gluten; sésamo; altramuces
Origen animalCrustáceos; huevos; pescado; leche; moluscos
Frutos y legumbresCacahuetes; soja; frutos de cáscara
Vegetales y condimentosApio; mostaza
AditivosDióxido de azufre y sulfitos en concentraciones superiores a 10 mg/kg

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Qué dice el Real Decreto 126/2015

Su artículo 6.2 prevé que las menciones se presenten por escrito, en etiquetas adheridas al alimento o en carteles. El artículo 6.5 permite otros medios apropiados, accesibles antes de finalizar la compra y sin coste adicional; la información oral es posible si puede darse cuando se solicita antes de terminar la compra y si consta por escrito o en formato electrónico en el establecimiento. En la zona de venta debe indicarse dónde está la información o que puede preguntarse al personal, salvo si ya va en etiquetas o carteles junto al alimento. La información debe estar al menos en castellano (artículo 10), y el operador conserva la recibida de sus proveedores (artículo 12).

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Frigorífico con puerta de cristal y superficies de acero en una cocina de restaurante.

Un método por plato

Cree una ficha por plato con sus ingredientes, la ficha técnica de cada producto comprado y los alérgenos resultantes. Ejemplo: una ensalada con vinagreta de mostaza, nueces y queso suma mostaza, frutos de cáscara y leche; si el pan rallado de un rebozado contiene trigo y el aceite de fritura se comparte con el pescado, el plato debe declararlo o el método de trabajo debe cambiar. Revise la ficha cada vez que cambie un proveedor o una receta, y ponga la fecha.

Formar a la sala

Si opta por la información oral, cualquier camarero debe poder consultar el registro y responder antes de que el cliente pida. Coloque en la sala el aviso de que la información está disponible y dónde. Un «creo que no lleva» no es información.

Límites

Resumen del Real Decreto 126/2015 (texto consolidado consultado en el BOE el 29 de octubre de 2026, informativo) y del anexo II del Reglamento (UE) 1169/2011 en EUR-Lex. Esta guía no trata la contaminación cruzada en cocina ni los menús adaptados, que requieren procedimientos propios.

Para tener a mano

Preguntas frecuentes

¿Puedo informar de los alérgenos solo de palabra?

Sí, si la información puede darse cuando se solicita antes de terminar la compra y consta por escrito o en formato electrónico en el establecimiento, accesible al personal, a los inspectores y a los clientes (artículo 6.5).

¿Cuántos alérgenos hay que declarar?

Los 14 del anexo II del Reglamento (UE) 1169/2011.

¿En qué idioma?

Al menos en castellano (artículo 10 del RD 126/2015).

Recursos y soluciones

Fuentes y referencias

  1. Real Decreto 126/2015, de 27 de febrero, norma general relativa a la información alimentaria de los alimentos que se presenten sin envasar (texto consolidado) — Boletín Oficial del Estado · consultado el 29 de octubre de 2026
  2. Reglamento (UE) n.º 1169/2011 sobre la información alimentaria facilitada al consumidor — EUR-Lex (Unión Europea) · consultado el 29 de octubre de 2026